miércoles, 26 de diciembre de 2018

ANEXO DOCUMENTOS DEL ANTIGUO AL NUEVO RÉGIMEN


El déficit de la monarquía francesa (1520-1780).

Diferencia entre la renta absoluta y los gastos realizados, en toneladas de plata fina, entre 1520 y 1780.

Propiedad de la tierra en Francia antes de la revolución.

Sectores sociales

Porcentaje sobre el total de la población

Distribución de la tierra

Campesinos

70 %
40%

Clase popular urbana

15 %
-

Aristócratas

2,5 %º
20 %

Burgueses

10,5 %
30 %

Clero

2 %
10 %

Convocatoria de Estados Generales.
El Rey.

Nos tenemos necesidad de nuestros fieles súbditos para ayudarnos a superar todas las dificultades en que nos encontramos, relativas al estado de nuestras finanzas, y para establecer, siguiendo nuestros deseos, un orden constante e invariable en todos los aspectos del gobierno que afecten a la felicidad de nuestros súbditos y a la prosperidad de nuestro reino. Estos importantes motivos Nos han determinado a convocar la Asamblea de los Estados de todas las provincias de nuestra soberanía, tanto para aconsejarnos en todos los asuntos que serán expuestos ante ellos, como para hacernos conocer los deseos y las peticiones de nuestros pueblos...
Versalles, 24 enero 1789



EL CONFLICTO DEL VOTO EN LOS ESTADOS GENERALES

Estamentos
Voto por orden
Número de diputados
Voto por persona
Clero
1
291
Alto clero 46
Bajo clero 245
Nobleza
1
270
Nobles absolutistas 220
Nobles liberales 501
Tercer Estado
1
578


Cuaderno de quejas del Tercer Estado. Campesinos de Guyancourt (Versalles).

1.                  Que todos los impuestos sean pagados por los tres órdenes, sin ninguna excepción, cada uno según sus posibilidades económicas.
2.                  Que haya una única ley para todo el Reino.
3.                  Supresión total de todas las tasas e impuestos.
4.                  Exención de impuestos para todas las ferias y mercados y abolición de todos los peajes.
5.                  Supresión de toda clase de diezmo en especie.
6.                   
7.                  Destrucción de pájaros, que hacen mucho daño, tanto en el tiempo de la siembra como en el de la cosecha.
8.                  Que los derechos de las propiedades sean sagrados e inviolables.
9.                  Que se aplique la justicia más rápidamente y con menos parcialidad.
10.              Abolición total de les corveas, siguen de la clase que siguen.

El precio del trigo en Francia de 1756 a 1790.

(según el «Setier» de París de 240 libras)

Años

Precios
Años
Precios
1756
14.95
1774
22.74
1757
18.56
1775
24.81
1758
17.59
1776
20.16
1759
18.36
1777
20.85
1760
18.37
1778
22.90
1761
15.60
1779
21.21
1762
15.48
1780
19.66
1763
14.88
1781
20.99
1764
15.63
1782
23.82
1765
17.42
1783
23.45
1766
20.71
1784
23.93
1767
22.36
1785
23.15
1768
24.21
1786
22.06
1769
24.01
1787
22.10
1770
29.38
1788
25.11
1771
28.34
1789
34.12
1772
25.99
1790
30.36
1773
25.67




La abolición del régimen feudal.

Art. 1.º La Asamblea Nacional suprime en su totalidad el régimen feudal y decreta que los derechos y los deberes, tanto feudales como censatarios, los que hacen referencia a la mano muerta real o personal y a la servidumbre personal y los que los representan, quedan abolidos sin indemnización, y todos los otros declarados redimibles, y que el precio y la manera como se ha de hacer la redención serán fijados por la Asamblea Nacional [...].
Art. 3.º El derecho de caza y de veda abierta queden igualmente abolidos [...].
Art. 4.º Todas las justicias señoriales son abolidas sin ninguna indemnización.
Art. 5.º Los diezmos de cualquier tipo y los censos correspondientes, bajo cualquier denominación con que se conozcan y perciban (...), queden abolidos.
Art. 7.º La venalidad de los oficios de la judicatura y de la municipalidad se suprimen desde este mismo momento. La justicia ha de ser gratuita.
Art. 11.º Todos los ciudadanos, sin distinción de nacimiento, pueden ser admitidos en todos los trabajos y dignidades eclesiásticas, civiles y militares, y ninguna profesión útil puede producir deshonra.

Decreto de la Asamblea Nacional Constituyente del 5 de Agosto de 1789.

La constitución de 1791.
La Constitución abole irrevocablemente las instituciones que lesionan la libertad e igualdad de derechos. No hay nobleza, ni distinciones hereditarias, ni régimen feudal... No hay para ninguna región de la nación ni para ningún individuo ningún privilegio, ni excepción al derecho común de todos los franceses. No hay gremios ni corporaciones profesionales de artes u oficios.

Título I:
Todos los ciudadanos tienen acceso a cargos y empleos sin otra distinción que sus méritos y aptitudes.
Los mismos delitos serán castigados con las mismas penas sin distinción de personas.
La Constitución garantiza la inviolabilidad de la propiedad privada.

Título II:
Capítulo I, art. 1: La Asamblea Nacional, que forma el cuerpo legislativo, es permanente y está compuesta por una sola cámara, formada por representantes temporales, libremente elegidos por el pueblo.
Capítulo I, secc. 2, art. 2: Para ser ciudadano activo es necesario ser varón propietario, haber cumplido los 25 años, pagar en cualquier lugar del Reino una contribución directa por lo menos igual al valor de tres días de trabajo y no ser criado asalariado.


Constitución de 1793.

"Que todos los precios de los artículos de primera necesidad sean fijados de acuerdo con los de los años anteriores a 1790.

Que los precios de las materias primas sean fijados también de manera que los beneficios de la industria, los salarios del trabajo, y las ganancias del comercio, que estarán regulados por la ley, permitan al industrial, al cultivador, al comerciante y al trabajador procurarse no sólo de las cosas indispensables y necesarias para subsistir, sino también de todo aquello que pueda ayudar a su disfrute.

Que los agricultores que por cualquier causa hayan perdido la cosecha sean indemnizados por el Estado.

Que sea fijado un máximo para las fortunas.

Que nadie pueda tener arrendadas más tierras que las que son necesarias para una cantidad determinada de herramientas de labor.

Que un mismo ciudadano no pueda tener más de una tienda, un sólo taller.

La sección de los sans-culottes piensa que todas estas medidas llevarían a la abundancia y tranquilidad, harían desaparecer poco a poco la excesiva desigualdad de las Fortunas y aumentarían el número de propietarios. "

Peticiones de los Sans-culottes a la Asamblea en 1793.

Nuevos derechos declarados en la constitución de 1793.

El socorro público es una deuda sagrada. La sociedad debe asistencia a los ciudadanos desgraciados, bien procurándoles trabajo, bien asegurando la subsistencia de aquellos que no estén en condiciones de trabajar (art. 21).

La instrucción es necesidad común. La sociedad ha de favorecer y poner la instrucción al alcance de todos los ciudadanos (art. 22).

Cuando el gobierno viola los derechos, la insurrección es para el pueblo el más sagrado y inviolable de los deberes (art. 35).

Documento 17. El gobierno de los mejores.

"Hemos de ser gobernados por los mejores: los mejores son los más instruidos y los más interesados por mantener las leyes. Con muy pocas excepciones, encontrareis hombres de esa clase en aquellos que poseen una propiedad... Un país gobernado por los propietarios está en el orden social.

Si dais a los hombres sin propiedad derechos políticos plenos y se sientan en los bancos de los legisladores, provocarán agitaciones sin temer las consecuencias."

Discurso de Boyssy D'Anglais. 1795.

El sufragio universal masculino en algunos países europeos.
1830 Estados Unidos.
1848 Francia.
1849 Dinamarca.
1871 Alemania.
1874 Suiza.
1884-1885 Reino Unido.
1889 Nueva Zelanda.
1890 España.
1893 Bélgica.
1897 Noruega.
1903 Australia.
1906 Finlandia.
1907 Austria y Rusia.
1908-1912 Italia.